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Equiparación en los permisos de maternidad y paternidad

 

PRESTACIÓN POR NACIMIENTO Y CUIDADO DE MENOR

 

Desde el 1 de enero del 2021 se equipara a 16 semanas la duración del permiso de paternidad y de maternidad, un paso importantísimo para aumentar la responsabilidad de ambos progenitores con respecto al menor y la igualdad de trato y oportunidades entre el hombre y la mujer en el empleo y la ocupación.

 

La prestación por maternidad y paternidad están unificadas en la llamada prestación por nacimiento y cuidado de menor y viene a proteger tanto el nacimiento como la adopción o el acogimiento familiar.

 

Consiste en un subsidio de 16 semanas (ampliables en caso de parto múltiple, prematuro, discapacidades u hospitalización) equivalente al 100% de la base de cotización del mes anterior. De esas 16 semanas de permiso para cada progenitor, 6 deben ser obligatoriamente después del parto, adopción o acogimiento, y a jornada completa; el resto puede ser en periodos continuados o intermitentes, pero antes de 12 meses del parto, adopción o acogimiento, y también pueden ser a tiempo parcial, pero, en este ultimo caso será necesario el acuerdo con la empresa.

 

Para poder acceder a la prestación por nacimiento y cuidado de menor es necesario estar en situación de alta o asimilada al alta  y  acreditar un periodo mínimo de cotización que varía en función de la edad:

  • A los menores de 21 años no se les exige ningún periodo mínimo de cotización.
  • A los menores de 26 años pero mayores de 21 años se les exige un periodo mínimo de 6 meses en toda su vida laboral y de 3 meses en los últimos 7 años.
  • A los mayores de 26 años, se les exige un periodo mínimo de cotización de 1 año en toda su vida laboral y de medio año en los últimos 7 años.

 

Para las mujeres que no puedan acreditar los requisitos de períodos mínimos de cotización, existe un subsidio por maternidad equivalente a 42 días de prestación (IPREM DIARIO), es decir, 790,44 € para este 2021, subsidio que no existe para el otro progenitor.

 

 


Recordamos que esta publicación tiene una finalidad meramente informativa y general. Si necesita asesoramiento concreto, no dude en ponerse en contacto con nosotros.

agh


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