Por lo general, la pensión y el trabajo son incompatibles en aquellos supuestos en los que el pensionista realiza una actividad por cuenta ajena o propia que dé lugar a su alta en la Seguridad Social. Sin embargo, hay que excepcionar los casos de jubilación parcial, jubilación activa, jubilación flexible, actividad de creación artística, compatibilidad de jubilación y facultativos de atención primaria, y, la compatibilidad de la jubilación con trabajos con cuenta propia con bajos rendimientos anuales.
En caso de incompatibilidad, la pensión queda suspendida mientras se realiza la actividad. Cuando la actividad termine, la cuantía de la pensión puede mejorar al tenerse en cuenta los nuevos períodos cotizados.
Jubilación parcial
Jubilación activa
Jubilación flexible
Actividad artística
Compatibilidad de pensión con trabajo como facultativo de atención primaria:
No podrá acogerse a esta modalidad de compatibilidad el beneficiario de una pensión contributiva de jubilación que, además de desarrollar las funciones como facultativos médicos de atención primaria, realice cualquier otro trabajo por cuenta ajena o propia que dé lugar a su inclusión en el campo de aplicación del Régimen General o de alguno de los regímenes especiales de la Seguridad Social. Durante esta situación se cotiza y cuando cese en la actividad laboral, estas cotizaciones pueden mejorar el porcentaje aplicable a la base reguladora de la pensión.
Jubilación compatible con trabajo por cuenta propia con bajos rendimientos:
Jubilación demorada:
Por último, y para completar lo expuesto cabe recordar la existencia de la denominada jubilación demorada, una opción voluntaria para el trabajador que decide alargar su vida laboral más allá de su edad ordinaria de jubilación. Estos jubilados de manera demorada percibirán una compensación donde podrán elegir entre un 4% más de pensión por cada año completo demorado, una indemnización a tanto alzado que varía en función de los años cotizados y la base reguladora de su pensión o una combinación de ambas posibilidades.
Recordamos que esta publicación tiene una finalidad meramente informativa y general. Si necesita asesoramiento concreto, no dude en ponerse en contacto con nosotros.
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